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¿Dónde se puede volar un dron en Colombia?


La República de Colombia, es uno de los principales estados de América Latina que adquirirán una gran relevancia en el ámbito del diseño, fabricación y operación, de sistemas aéreos no tripulados. Actualmente, las aplicaciones profesionales que ofrecen los UAS o drones, demuestran enormes posibilidades para optimizar costes y riesgos en áreas como la agricultura, topografía, audiovisual, ingeniería, arquitectura, incluso el control forestal de las poblaciones indígenas. 

Ser piloto de aeronaves no tripuladas (UAVs), de forma recreativa o profesional, es una práctica anhelada por muchas personas. Sin embargo, para evitar situaciones accidentales, es mejor conocer las reglas que debemos seguir para operarlos.

En este post, te explicamos todo lo que debes saber para volar un dron controlando la existencia de zonas restringidas y entendiendo lo que conlleva el incumplimiento de la normativa civil, según los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia.

Índice de contenidos

  1. ¿Cuáles son las zonas restringidas al vuelo de drones en Colombia? 
  2. ¿Cómo afecta el régimen sancionatorio a un piloto de UAV?
  3. ¿Qué organismo estatal regula la actual norma civil para el uso de drones?

Zonas restringidas en Colombia

Las limitaciones establecidas para la operación de UAS varían según el tipo de misión y categorización de la aeronave. La Clase A  (abierta) corresponde a plataformas con un peso máximo al despegue (MTOW) desde 250 gr hasta 25 kg. La Clase B (regulada) está determinada por UAVs con un MTOW superior a 25 kg y de hasta 150 kg.

A continuación, nos centraremos en los requisitos de estas dos categorías, donde se produce el mayor número de aplicaciones profesionales actuales. La Clase C (certificada), para operaciones de aeronaves con un peso superior a 150 kg, no se encuentra autorizada aún y sus vuelos están prohibidos dentro del espacio aéreo colombiano.

La operación de UAVs se guía por el Apéndice 13 del RAC 91

Restricciones

  • El UAV no debe alcanzar una altura mayor a 123 m HAGL (400 ft), operando en el espacio aéreo de Clase G, de tipo no controlado. Las condiciones de visibilidad del UAV deben ser superiores a 5 km.
  • Debemos evitar efectuar un vuelo remoto sobre aglomeraciones de ciudadanos o edificios, según la norma establecida para UAVs de Clase A. La Clase B nos permite este tipo de operaciones.
  • No se puede operar un UAV dentro de un radio de 9 km (4,8 NM) desde el punto de referencia de un aeródromo. Si se trata de un helipuerto, son 3 km (1,6 NM). En el caso de zonas segregadas para entrenamiento, es necesario contar con la autorización de la DSNA.
  • Otras zonas restringidas, son aquellas donde se encuentren Jefes de Estado, necesitando un radio de 2 km (1,1 NM). Así como cualquier base militar o policía, cárceles e infraestructuras críticas, donde no podremos volar una aeronave no tripulada a menos de 1 km (0,6 NM)
AeroHyB, diseñado por Aerocamaras, es el UAV civil con mayor autonomía de vuelo del mundo.

La operación debe realizarse desde 15 minutos después de la salida del sol y hasta 15 minutos previos a la puesta del sol, en Condiciones Mínimas Visuales (VMC) y Reglas de Vuelo Visual (VFR). Es posible volar en horario nocturno dentro de la clase abierta, debe hacerse en zonas deshabitadas y con un tipo de iluminación apropiado. Si nuestro dron pertenece a la clase regulada, debemos pedir un permiso a la autoridad oficial.

No podemos olvidar que, dentro del mismo espacio aéreo, un piloto de dron siempre es responsable debe ceder el paso a otras aeronaves tripuladas y conservar una distancia de separación de 1 km (0,6 NM). De igual modo, debemos evitar cruzar las áreas de estados colindantes, manteniendo siempre una distancia de 3,6 km (2 NM) respecto a sus fronteras.

Régimen sancionatorio

Incumplir la actual normativa significa la violación del espacio aéreo colombiano. Se incurrirá en una infracción estipulada dentro del régimen sancionatorio (Norma RAC 13, Reglamentos Aeronáuticos de Colombia). 

Si bien no existe una política de multas establecida en la RAC, el Código Nacional de Policía y Convivencia permite que las autoridades puedan suspender una operación y requisar la plataforma ante cualquier posibilidad de amenaza o infracción cometida, sin detrimento de la responsabilidad civil o penal que pudiera derivarse de la actividad realizada. 

Según explicita la norma, las autoridades competentes podrán interceptar e inhabilitar los UAVs usando contramedidas electrónicas y otros mecanismos oportunos para este objetivo.

Puede solicitar una autorización de vuelo a través del e-mail: atencionalciudadano@aerocivil.gov.co

Organismos reguladores

Colombia es un estado miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), perteneciente a la Organización de las Naciones Unidas, y se encuentra adscrito al Convenio sobre Aviación Civil Internacional de Chicago de 1944. También es parte del grupo de trabajo JARUS (Joint Authorities for Rulemaking on Unmanned Systems) y sigue las Directrices sobre Evaluación de Riesgos de Operaciones Específicas (SORA). 

Aeronáutica Civil (Aerocivil) es la autoridad nacional que se encarga del control y la regulación de la aviación civil y el espacio aéreo. En Colombia, la operación de UAVs se guía por el Apéndice 13 del RAC 91 “operación de sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS), sujeta a la Resolución No. 4201 del 27 de diciembre de 2018 

De acuerdo con la resolución, deben inscribirse en la Aeronáutica Civil todas las operaciones que se realicen con un UAS superior a 250 gr. Si es un trabajo comercial deben estar inscritos y obtener permiso de vuelo, sin importar la masa máxima de la aeronave al despegue.

Los UAS se han convertido en uno de los aprendizajes con más oportunidades laborales. No cese en el objetivo de incorporarse a este sector y adquiera competencias diferenciadoras junto a los mejores profesionales y sistemas a su alcance. Para poder responder a esta demanda de expertos en Colombia, desde Aerocamaras nos adecuamos ofreciendo cursos de formación altamente especializados, en aplicaciones reales como agricultura de precisión, fotogrametría y topografía, planificación de vuelos autónomos, edición audiovisual de planos aéreos, inspección de parqués fotovoltaicos, eólicos y redes eléctricas. Aerocamaras es líder en fabricación, formación y servicios en la industria de los UAS en España, habiendo realizado proyectos internacionales en más de 15 países.

Contamos con un servicio de atención personalizada que puede asesorarle si lo necesita. Llámenos al +34 900 43 10 31 o envíe un correo a info@aerocamaras.es

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