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¿Es posible volar drones en zonas ZEPA o LIC?

Existen en España más de 17 millones de hectáreas propuestas como Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) y otras 15 millones de hectáreas que corresponden a Zonas de Especial Protección de Aves.

Es posible volar drones tanto en zonas ZEPA como LIC, pero antes de explicar cómo hacerlo, es importante entender qué significan estas siglas.

 

Índice de contenidos

¿Qué son las zonas ZEPA o LIC?

Esta categorización es de alcance europeo y ha sido establecida para proteger la fauna y la flora de hábitats naturales a lo largo y ancho del continente. Los territorios bajo la denominación LIC constituyen instancias transitorias en un proceso cuyo fin es convertir esas mismas áreas en Zonas Especiales de Conservación (ZEC).

La diferencia entre una zona LIC o ZEC y una ZEPA está en que la segunda hace foco en la protección de territorios donde habitan aves en peligro de extinción. Por eso, son zonas especialmente delicadas para los operadores de drones.

Tanto las zonas LIC y ZEC como las ZEPA forman parte de un programa europeo denominado Red Natura 2000, cuyo objetivo es la coordinación y apoyo a la conservación medioambiental y de la biodiversidad.

Las operaciones con UAS y la conservación de la naturaleza no son incompatibles. De hecho, los drones están siendo utilizados en reforestación, prevención de incendios, eliminación de especies invasoras y plagas y en agricultura de precisión.

¿Se pueden volar drones en zonas ZEPA o LIC?

No importa el tamaño ni el tipo de aeronave que utilicemos, para volar drones en zonas ZEPA o LIC hay que solicitar un permiso ante las autoridades competentes.

Además, es importante tener en cuenta la nueva normativa europea sobre UAS. No basta con obtener el permiso de vuelo por parte de las autoridades correspondientes. Siempre que nuestra aeronave no sea de juguete, pese más de 250 gr o tenga equipados equipos de recolección de datos (como cámaras y micrófonos), debemos habilitarnos como operadores de drones ante AESA, incluso en la categoría básica.

Solicitar permisos para volar drones en zonas ZEPA o LIC

Al no existir una entidad que coordine a nivel nacional los permisos de vuelo para UAS en espacios naturales protegidos y de especial protección de aves, estos deben ser tramitados ante la entidad gubernamental que gestiona esas áreas.

Esa autoridad suele depender de la propia Comunidad Autónoma, que disponibiliza formularios específicos en sus páginas web para tramitar este tipo de permisos. De todos modos, vale destacar que los procedimientos, requisitos, exigencias y limitaciones que pueda imponer una zona no necesariamente son aplicables a otra.

Existen 1.467 espacios LIC y 657 zonas ZEPA en España, por lo que cada caso debe ser gestionado ante las autoridades locales o autonómicas. Cataluña es la región con más zonas ZEPA, con 73 en total, mientras que Andalucía ostenta el récord nacional de áreas LIC, con 190.

En este enlace es posible consultar el espacio aéreo español en su conjunto e identificar si la zona en la cual pretendemos operar se encuentra dentro de alguna de las categorías que restringen el uso de drones.

A su vez, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha disponibilizado esta página para consultar los distintos tipos de espacios contenidos en la Red Natura 2000 en el territorio español.

¿Cómo obtener un permiso para una zona específica?

Tanto para zonas ZEPA como LIC, la observación y cumplimiento de la normativa europea, así como la correcta solicitud de permisos ante las autoridades encargadas de la gestión del espacio sobre el cual queremos volar nuestra aeronave son los dos requisitos indispensables para poder operar con UAS en zonas de conservación del medioambiente y áreas de protección especial de aves.

Si necesitas información específica sobre cómo obtener permisos de vuelo para una zona ZEPA o LIC en particular, no dudes en llamarnos al 900 43 10 31 o escribirnos a info@aerocamaras.es. Nuestros gestores aeronáuticos están en constante comunicación con AESA y cuentan con experiencia en operaciones con drones de todo tipo y en distintos espacios protegidos y controlados.

Tú también puedes volar tu dron en una zona ZEPA o LIC y nosotros podemos ayudarte.

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13 comentarios en «Volar drones en zonas ZEPA o LIC: ¿es posible?»

    • Buenos días Francisco, para volar en parques naturales debes contactar con los responsables de administración del mismo. En caso del Parque Natural del Cabo de Gata-Níjar sería la Junta de Andalucía. Debes ponerte en contacto con ellos para solicitar el permiso y cumplir el resto de restricciones al vuelo. Un saludo!

  1. Muy buenas.
    He solicitado varias veces para vuelo en Zepa pero nunca recibo contestación por parte del gestor en Menorca. Como puedo volar obteniendo la autorización y como es la forma adecuada??
    En segun que zonas hay que pagar una tasa, segun la operativa a realizar??
    Saludos

    • Buenos días Miguel, al no existir una entidad que coordine a nivel nacional los permisos de vuelo para UAS en espacios naturales protegidos y de especial protección de aves, estos deben ser tramitados ante la entidad gubernamental que gestiona esas áreas. Puedes consultar más información sobre cómo volar en zonas ZEPA en nuestro último post. Si no recibes respuesta de las autoridades prueba otro método de contacto. Sentimos no poder ayudarte más en este sentido. Un saludo!

  2. He leído en la web de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León que según lo establecido en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad el vuelo de drones SÍ está permitido en zonas ZEPA siempre y cuando no se moleste intencionadamente a las aves ni nos acerquemos a nidos etc. Pero la verdad viendo la cuantía de las multas me da pánico volar el dron (menos de 250 gramos pero con cámara) sin el permiso, el caso es que lo he solicitado pero no me contestan, no sé qué hacer la verdad. Muchas gracias por la ayuda!

    • Hola Carlos! Lo que podemos recomendarte es llamar directamente a la autoridad competente de esa zona ZEPA, a ver si así te pueden solucionar de alguna manera, porque a veces, hay que pedir permiso o no, dependiendo de la época del año y la zona concreta a sobrevolar. Saludos!

    • Hola Domingo,

      De acuerdo a lo especificado en el artículo 14 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, todos los operadores de UAS deberán registrarse siempre que cumplan con alguno de los siguientes criterios:

      En operaciones dentro de categoría ‘abierta’:
      Que utilicen un UA con masa máxima al despegue (MTOM) de 250 g o más, o que, en caso de colisión, pueda transferir a un ser humano una energía cinética superior a 80 julios: y/o,
      Que utilicen un UA que tenga equipado un sensor capaz de capturar datos personales (una cámara, por ejemplo), salvo que sea conforme con la Directiva 2009/48/CE (“Directiva de juguetes”).

      En operaciones dentro de categoría ‘específica’:
      Que utilicen un UA de cualquier MTOM

      En el siguiente documento podrás encontrar todo lo relativo a aeronaves de menos de 250 g, y además te da la pauta para discriminar lo que consideran juguetes, de lo que no.https://www.seguridadaerea.gob.es/sites/default/files/Informacion%20sobre%20UAS%20de%20menos%20de%20250g.pdf

      No necesitas estar habilitado como operador de drones. Sin embargo, AESA establece que el seguro de responsabilidad civil es obligatorio para cualquier aeronave independientemente de su peso. Este requerimiento es necesario desde la entrada en vigor de la nueva normativa europea de drones y se mantendrá durante el periodo transitorio ya que prevalece la Ley de Navegación Aérea. AESA prevé una revisión de la obligatoriedad de esta medida en cuanto se apruebe el nuevo Real Decreto de drones.

      Además de la normativa de EASA y AESA, existen otras limitaciones al vuelo de drones en lugares concretos, esto es lo que llaman “Zonas Geográficas UAS” zonas en las que se prohíben, se restringen o se permiten los vuelos a UAS bajo ciertas condiciones, dichas zonas suelen implementarse alrededor de aeropuertos , aeródromos helipuertos, zonas afectas a la seguridad nacional, infraestructuras críticas, zonas de protección medioambiental ZEPA, etc., que en ocasiones requerirán de algún tipo de permiso y/o coordinación
      Cuando planifiques un vuelo debes tener muy en cuenta el lugar en el que va a realizar su operación a través de la aplicación de ENAIRE https://drones.enaire.es. Además de estas restricciones están los vuelos en escenarios no estándar o dentro de CTR (espacio aéreo controlado)https://aerocamaras.es/volar-drones-zonas-ctr-prohibidas-restringidas/

      Por este motivo es importante contar con expertos en gestión aeronáutica que te asesoren. Puedes contactar con el equipo de Aerocamaras llamándonos al 986 18 18 18 o escribiéndonos a info@aerocamaras.es

      Un cordial saludo.

      • Mira, bajo mi experiencia, que ya son unos años con drones, y después de pedir mil permisos, aya donde vaya, siempre es lo mismo, todos habláis de normativa y demás, pero ninguno sabes ni dais respuestas firmes, ya que aquí en España no hay nada claro, o no queréis mojaros las manos.
        Estoy harto de pedir permisos, estoy harto de llamar a teléfonos o correos que se supone que gestionan los permisos y nadie tiene ni idea. Es más, a mi me han llegado a decir que me aclare con el ayuntamiento del municipio, por si ellos tienen algún tipo de restricciones.
        Por lo que tengo claro que cada vez que accedo a enaire hay más sitios y más restricciones.
        Es más fácil prohibir que regular.
        He contactado con entidades impotentes y al final como no tienen ni idea, ye dice qie hables con el ayuntamiento, y ahí viene lo gracioso… ellos saben menos aún.
        En fin, en vez de avanzar retroceder. Que es lo mejor que se hace aquí en España.
        Bravo 👏🏻👏🏻👏🏻

        • Hola Ismay,

          Es verdad que hay restricciones al vuelo y en ocasiones son los ayuntamientos o autoridad competente la que debe autorizar los vuelos, que puede ser incluso Patrimonio Nacional o Defensa. Todo depende del área y la peligrosidad que suponga que un dron vuele sobre ella, como puede ser un edificio cultural o sobre grandes concentraciones de personas. Así lo recoge la normativa vigente. En Enaire está señalizado en su aplicación y también se rige por AESA y EASA. En cualquier caso, si tiene cualquier duda puede ponerse en contacto con nosotros a través del teléfono 986 18 18 18 o escribir un correo electrónico a info@aerocamaras.es

          Saludos cordiales

  3. Una cuestión que tengo: los espacios aereos no son competencía de las comunidades autonomas según estipula la ley, por lo que las comunidades autonomas podrán tener competencía en el lugar de despegue y aterrizaje del UAS pero no de lo que es el vuelo en si, ya que eso es espacio aereo y las comunidades autonomas no tienen absolutamente ninguna competencia en dicho espacio. ¿Me equivoco en algo?

    • Hola David,

      Gracias por la aportación. Es cierto que las competencias aéreas corresponden al Estado. Por ello, cuando se realizan vuelos en CTR se debe de solicitar autorización para volar con una antelación mínima de 10 días al Ministerio de Interior. Sin embargo, cuando se trata de zonas ZEPA o de especial protección, el hecho de acceder a ellas, volar sobre ellas, se necesita la autorización de dicha Comunidad Autónoma.

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